Renegocia tus deudas

La ley 20.720 establece mecanismos para personas y empresas que se encuentran en insolvencia, entre ellos el procedimiento de Renegociación ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Requisitos básicos para renegociar tus deudas

  • Tener dos o más deudas.
  • El monto total de las deudas debe ser mayor a 80 UF (aproximadamente $3.000.000).
  • Tener una morosidad mayor a 90 días.
  • No tener movimientos en Primera Categoría durante los últimos 24 meses.
  • No haber sido demandado/a por alguno de tus acreedores.

La principal finalidad del procedimiento es que la persona deudora pueda reorganizarse financieramente, por lo tanto pasarán entre 3-6 meses en que no tendrás que pagar tus deudas.


Preguntas más comunes de nuestros clientes

Creamos este espacio para que respondas algunas preguntas en cuanto al procedimiento. Si tienes otras inquietudes, escríbenos y agenda una asesoría.

No, no es un procedimiento judicial, es extrajudicial. Esto significa que no se lleva adelante ante tribunales, sino que ante la Superinentendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR), la cual actúa como «mediadora» entre tu y tus acreedores.

Lo que te permite cumplir el requisito es la cantidad de deudas, por ejemplo, si debes a un Banco el monto de tu Tarjeta de Crédito y además un crédito de consumo, eso cuenta como dos deudas.

Si, es muy efectivo. Según datos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento más del 90% de las personas que inician una Renegociación llegan a un acuerdo con sus acreedores.

Entre las principales desventajas se encuentra el hecho de que si tienes mas de un producto con un Banco, probablemente se reunirán todos en un crédito de consumo con las condiciones que se acuerden en la renegociación y los productos se cierren.

También, en caso de no llegar a un acuerdo, comienza un proceso de ejecución. Este procedimiento seguirá, o no, adelante dependiendo de los acreedores. Para evitar esto, es muy importante que te asesores de manera correcta.